Expediente No. 1434-2017 y 1437-2017

Sentencia de Casación del 11/06/2018

“…en virtud que en nuestro ordenamiento jurídico no existe algún parámetro cuantitativo de ponderación para aumentar o disminuir la pena, dependiendo los parámetros acreditados o las agravantes o atenuantes probadas, en este caso, al concurrir el móvil del delito, la extensión e intensidad del daño causado, y las circunstancias agravantes reguladas en los numerales 6, 9, 15, 18 y 20 del artículo 27 del Código Penal, esta Cámara estima que la sanción impuesta a los sindicados (…), tiene suficiente sustento jurídico, por lo que debe mantenerse la pena impuesta por el Sentenciante, y confirmada por el Tribunal de Alzada...”